viernes, 27 de agosto de 2010

Divorcio sin audiencias de conciliación - LA NACION


Viernes 27 de agosto de 2010 | Publicado en edición impresa
En la provincia de Buenos Aires / Fallo inédito

Divorcio sin audiencias de conciliación

Una jueza consideró que obligar a una pareja a esa instancia cuando hay mutuo acuerdo, como marca la ley, viola la libertad individual
Por Sebastian Lalaurette  | LA NACION

LA PLATA.- El tenía treinta y un años; ella, veintiocho. Hubo arroz, vestido y fotos de gente feliz; parecía que su historia de amor iba a durar para siempre. Pero no. Sólo dos años después, con un bebe y la desilusión a cuestas, decidieron divorciarse. Según la ley, aún no era tiempo, pero lograron sortearla: una jueza dijo que ese matrimonio era "virtual" y que los artículos que los obligaban a esperar un año más y a someterse a audiencias conciliato­rias son inconstitucionales. Así, en dos meses, se disolvió el vínculo.
Es la primera vez que ocurre esto en la provincia de Buenos Aires, donde el número de divor­cios ha aumentado a un ritmo superior al de los matrimonios en la última década. La decisión fue tomada por la jueza Silvia Mendi­laharzo, integrante del Tribunal de Familia N° 2 de esta capital provincial, ante una presentación conjunta de los cónyuges.
El planteo que llegó al escritorio de la jueza argumentaba que someter a esos jóvenes que querían separarse a una audiencia destinada a intentar mantenerlos juntos era una intromisión en la esfera de la autonomía de sus voluntades y que obligarlos a esperar a cumplir tres años de casados, tal como marca la ley, para poder divorciarse ,violaba la libertad individual que determina la norma constitucional.
En su fallo, la jueza aceptó ambos argumentos. Escribió que imponerles tales requisitos impli­ca­ría sustituir la realidad por "una mera ficción" y sostener una "pareja virtual". "No es correcto identificar familia con matrimo­nio", sostuvo Mendilaharzo. Habí­an pasado dos meses desde el comienzo de la acción judicial y el matrimonio ya estaba disuelto.
El abogado Julio César Arias Navarro, del estudio Pelitti, repre­sentó a uno de los cónyuges. Ayer se mostró satisfecho con el fallo. "Hay que tender a una reforma del Código Civil, porque estos artí­culos invaden la libertad de las personas", dijo a LA NACION.

PROTEGER LA INSTITUCIÓN

Pero no todos están de acuerdo. El abogado Alberto Gowland, espe­cialista en derecho de familia, consideró que el plazo legal es "una medida de prudencia" y que su existencia revela que "la insti­tución del matrimonio es impor­tante para la sociedad y, por eso, el Estado trata de protegerla".
En forma similar, el juez de familia Carlos Romano, del distrito judi­cial de Morón, dijo que no conside­ra que los artículos objetados por su par sean inconstitucionales, pero evitó pronunciarse específi­ca­mente sobre este fallo en particular.
"Yo creo que en la mayoría de los casos de divorcio por presentación conjun­ta existe alguna causal de nuli­dad -explicó el magistrado- pero, en general, el plazo que dicta la ley está bien. La idea es no quitarle seriedad al paso que se va a dar: si puedo deshacer algo fácil, también lo hago fácil", dijo Romano.
El magistrado dijo que, en su papel, está legalmente "obligado a buscar la posibilidad de una con­ciliación" en audiencias con los cónyuges que piden divor­ciarse. "No soy un escribano ni un jefe de registro que simplemente da fe de la voluntad de las partes; a veces, he logrado revertir esa voluntad o descubrir causas más profundas de las que argumentaba la pareja."

REPUNTE

El fallo dictado aquí se ubica en el contexto de un ascenso continuo de la cifra de di­vor­cios en la provincia de Buenos Aires. En un distrito con cada vez más habitantes, el número de casamientos por año no pasa la barrera de los 50.000, desde 2000. Y aunque tanto la cantidad de matrimonios como de divorcios ha tenido un repunte más o menos constante desde entonces, la pro­porción entre ambos se achica.
En efecto, hace diez años la proporción entre parejas casadas y divorciadas era de 5,43, en tanto que en 2009 fue de sólo 3,39. El punto más bajo fue el año anterior, 2008, cuando se divorció una pare­ja por cada tres que se unieron en matrimonio (más precisamente, el índice fue de 2,98).
Casi todos los magistrados y abogados del fuero de familia con­sultados ayer por LA NACION coin­cidieron en que la mayor parte de los divorcios de mutuo acuerdo en la provincia corres­ponden a pare­jas de mediana edad que llevan entre siete y diez años de matri­monio, y que la tendencia se man­tiene hasta los 15 años.
La gran mayoría de las parejas, según concuer­dan todos, no cambian de idea luego de las audiencias con el juez.

viernes, 12 de marzo de 2010

Presentación libro LA NIÑEZ

12/3/2010
El Dr. Carlos Romano presentó su libro “La Niñez”
El pasado jueves 11 de marzo en la sede de nuestro Colegio se llevó a cabo la presentación del libro del Juez del Tribunal de Familia Nº 1 del Departamento Judicial de Morón, Dr. Carlos Romano “La Niñez” con la presencia de 80 personas entre los que se encontraban funcionarios del Poder Judicial, funcionarios del Sistema de Promoción y Protección de Derechos, representantes de los Servicios Zonales y Locales, abogados especializados en la materia, directivos escolares, docentes, trabajadores sociales y representantes institucionales.
 
La apertura de la jornada estuvo a cargo del presidente del Colegio de Abogados de Morón, Dr. Jorge Barberis quien felicitó y agradeció al Dr. Carlos Romano “por su apoyo académico, acompañando siempre al Colegio de Abogados en la capacitación de sus matriculados”.
A su turno, la directora académica del CAM, Dra. Grisel Gincoff, destacó “la importancia de la obra del Dr. Romano por el análisis profundo sobre la Niñez, desde su ordenamiento jurídico internacional, la legislación nacional y provincial, abarcando desde lo teórico y práctico del sistema actual”. La Dra. Gincoff a su vez remarcó “lo más destacado del cambio de paradigma que es recuperar, conservar y reparar derechos que han sido vulnerados”. La Dra. Gincoff destacó sobre la obra del Dr. Romano “la promoción de la corresponsabilidad, comprometiendo en la aplicación de la ley a los distintos efectores sociales, formando así redes que ayuden a optimizar recursos existentes a nivel territorial”. Por último, la directora académica del CAM destacó del Dr. Romano su “humildad y compromiso por los derechos de los niños, niñas y adolescentes con el rol fundamental de la familia”.
Luego, el Dr. Pablo Navarro, Subsecretario de Niñez y Adolescencia del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Buenos Aires, comentó sus experiencias como Asesor de Menores junto al Dr. Carlos Romano “en aquel momento en el cual no existía una ley de Niñez” y ahora, como funcionario provincial en dicha área, destacó “el desarrollo de la implementación de la ley a nivel territorial en esta nueva gestión”coincidiendo con las observaciones del sistema “plasmadas por el Dr. Romano en su obra, acompañando y fomentando la promoción de los derechos de niños y adolescentes, como describiendo los diferentes emprendimientos, programas y lineamientos que desarrolla la subsecretaría provincial”.
Al finalizar, el Dr. Carlos Romano, autor de la obra destacó “la necesidad del trabajo articulado entre poder judicial, sistema administrativo y la concientización de la sociedad en el cambio de paradigma de ver al niño como sujeto de derechos” remarcando la “complementariedad de todos los efectores sociales”.
Al cierre se abrió un espacio de análisis e intercambio de experiencias con los asistentes. Además se remarcó la importancia del rol del abogado dentro del sistema ahondando así el Dr. Romano la figura del Abogado del Niñoestablecida en la Ley Nacional 26061 y motivando a una futura reforma de la Ley Provincial a fin de que se establezca dicha figura.
Teniendo en cuenta la necesidad de profundizar la capacitación y el trabajo en conjunto, desde la Secretaría Académica del Colegio de Abogados se instó a trabajar desde sus Institutos de Derecho de Familia y de Niñez y Adolescencia, junto a los operadores involucrados desde los diferentes ámbitos de la ley 13.298, apoyando el nuevo paradigma.