viernes, 27 de agosto de 2010

Divorcio sin audiencias de conciliación - LA NACION


Viernes 27 de agosto de 2010 | Publicado en edición impresa
En la provincia de Buenos Aires / Fallo inédito

Divorcio sin audiencias de conciliación

Una jueza consideró que obligar a una pareja a esa instancia cuando hay mutuo acuerdo, como marca la ley, viola la libertad individual
Por Sebastian Lalaurette  | LA NACION

LA PLATA.- El tenía treinta y un años; ella, veintiocho. Hubo arroz, vestido y fotos de gente feliz; parecía que su historia de amor iba a durar para siempre. Pero no. Sólo dos años después, con un bebe y la desilusión a cuestas, decidieron divorciarse. Según la ley, aún no era tiempo, pero lograron sortearla: una jueza dijo que ese matrimonio era "virtual" y que los artículos que los obligaban a esperar un año más y a someterse a audiencias conciliato­rias son inconstitucionales. Así, en dos meses, se disolvió el vínculo.
Es la primera vez que ocurre esto en la provincia de Buenos Aires, donde el número de divor­cios ha aumentado a un ritmo superior al de los matrimonios en la última década. La decisión fue tomada por la jueza Silvia Mendi­laharzo, integrante del Tribunal de Familia N° 2 de esta capital provincial, ante una presentación conjunta de los cónyuges.
El planteo que llegó al escritorio de la jueza argumentaba que someter a esos jóvenes que querían separarse a una audiencia destinada a intentar mantenerlos juntos era una intromisión en la esfera de la autonomía de sus voluntades y que obligarlos a esperar a cumplir tres años de casados, tal como marca la ley, para poder divorciarse ,violaba la libertad individual que determina la norma constitucional.
En su fallo, la jueza aceptó ambos argumentos. Escribió que imponerles tales requisitos impli­ca­ría sustituir la realidad por "una mera ficción" y sostener una "pareja virtual". "No es correcto identificar familia con matrimo­nio", sostuvo Mendilaharzo. Habí­an pasado dos meses desde el comienzo de la acción judicial y el matrimonio ya estaba disuelto.
El abogado Julio César Arias Navarro, del estudio Pelitti, repre­sentó a uno de los cónyuges. Ayer se mostró satisfecho con el fallo. "Hay que tender a una reforma del Código Civil, porque estos artí­culos invaden la libertad de las personas", dijo a LA NACION.

PROTEGER LA INSTITUCIÓN

Pero no todos están de acuerdo. El abogado Alberto Gowland, espe­cialista en derecho de familia, consideró que el plazo legal es "una medida de prudencia" y que su existencia revela que "la insti­tución del matrimonio es impor­tante para la sociedad y, por eso, el Estado trata de protegerla".
En forma similar, el juez de familia Carlos Romano, del distrito judi­cial de Morón, dijo que no conside­ra que los artículos objetados por su par sean inconstitucionales, pero evitó pronunciarse específi­ca­mente sobre este fallo en particular.
"Yo creo que en la mayoría de los casos de divorcio por presentación conjun­ta existe alguna causal de nuli­dad -explicó el magistrado- pero, en general, el plazo que dicta la ley está bien. La idea es no quitarle seriedad al paso que se va a dar: si puedo deshacer algo fácil, también lo hago fácil", dijo Romano.
El magistrado dijo que, en su papel, está legalmente "obligado a buscar la posibilidad de una con­ciliación" en audiencias con los cónyuges que piden divor­ciarse. "No soy un escribano ni un jefe de registro que simplemente da fe de la voluntad de las partes; a veces, he logrado revertir esa voluntad o descubrir causas más profundas de las que argumentaba la pareja."

REPUNTE

El fallo dictado aquí se ubica en el contexto de un ascenso continuo de la cifra de di­vor­cios en la provincia de Buenos Aires. En un distrito con cada vez más habitantes, el número de casamientos por año no pasa la barrera de los 50.000, desde 2000. Y aunque tanto la cantidad de matrimonios como de divorcios ha tenido un repunte más o menos constante desde entonces, la pro­porción entre ambos se achica.
En efecto, hace diez años la proporción entre parejas casadas y divorciadas era de 5,43, en tanto que en 2009 fue de sólo 3,39. El punto más bajo fue el año anterior, 2008, cuando se divorció una pare­ja por cada tres que se unieron en matrimonio (más precisamente, el índice fue de 2,98).
Casi todos los magistrados y abogados del fuero de familia con­sultados ayer por LA NACION coin­cidieron en que la mayor parte de los divorcios de mutuo acuerdo en la provincia corres­ponden a pare­jas de mediana edad que llevan entre siete y diez años de matri­monio, y que la tendencia se man­tiene hasta los 15 años.
La gran mayoría de las parejas, según concuer­dan todos, no cambian de idea luego de las audiencias con el juez.